DEFINICIÓN.
Un recinto confinado es cualquier espacio con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que, además de muchos riesgos de origen físico y mecánico, pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables, o tener una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para una ocupación continuada por parte del trabajador. Los trabajos en recintos confinados conllevan riesgos graves o mortales pues son actividades de especial riesgo o peligrosas.
TIPOS DE ESPACIOS CONFINADOS
Espacios confinados abiertos por su parte superior y de una profundidad tal que dificulta su ventilación natural.
En este tipo se incluyen:
● Fosos de engrase de vehículos.
● Cubas de desengrasado.
● Pozos.
● Depósitos abiertos.
● Cubas.
Espacios confinados cerrados con una pequeña abertura de entrada y salida.
Se incluyen:
● Reactores.
● Tanques de almacenamiento, sedimentación, etc.
● Salas subterráneas de transformadores.
● Gasómetros.
● Túneles.
● Alcantarillas.
● Galerías de servicios.
● Bodegas de barcos.
● Arquetas subterráneas.
● Cisternas de transporte.
RIESGOS:
- Asfixia
- Intoxicación
- Aprisionamiento
- Caídas al mismo nivel
- Caídas a distinto nivel.
- Ambiente físico:
- Frío y Calor
- Ruido
- Vibraciones
- Iluminación
- Psicosociales
Además, en caso de reparaciones:
- Incendio o explosión
FUENTE:
0 comentarios:
Publicar un comentario